Noticias de la Armada de la República Argentina
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ARA Ciudad de Rosario
El buque multipropósito clase Red ARA "Ciudad de Rosario" (con personal perteneciente al Servicio de Hidrografía Naval embarcado a bordo) continúa con los trabajo de relevamiento batimétrico con sonda multihaz y monohaz en la zona del Canal Magdalena.
Fuente y fotos: Servicio de Hidrografía Naval
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Contrato interadministrativo con INVAP para la provisión de 1 modelo de PreSerie de un radar naval de vigilancia aérea y de superficie, basado en tecnología de barrido vertical electrónico activo (AESA), que permita la detección y seguimiento con precisión de múltiples blancos, grandes y pequeños, a grandes distancias y en un amplio espectro de condiciones climáticas, para incrementar y mejorar la capacidad operativa de las unidades de superficie de la ARMADA ARGENTINA.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/282366/20230309
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Muy buena noticia, espero que no metan a redimec en el medio despues.
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Excelente noticia!
Y algunos perdonen por dar mi opinión, pero como se nota cuando una empresa del Estado no es manejada por intereses políticos partidarios.
Y para despejar dudas me refiero a INVAP comparada con FADEA. -
Me acuerdo cuando algunos foristas ponían el grito en el cielo con la modernización del ARA Irízar y se lamentaban que la Armada iba a padecer "otro" prototipo inútil bla, bla, bla, por la instalación del RSMA-N (radar secundario de estado sólido del tipo monopulso naval) que por ese entonces era la versión naval del radar criollo Inkan, anabolizado.
Pasó mucha agua bajo el puente y hoy estamos viendo los resultados, si se cierra el acuerdo con china que EEUU quiere boicotear a sangre y fuego, más de uno tendrá que masticarse sus palabras con FADEA.
Otro que fue presidente, decía que el Estado dilapidaba el dinero "poniendo una heladera en órbita" (por el ARSAT 1) que era un gasto innecesario e inútil pues se podían obtener servicios contratados mucho más baratos.
Hoy estamos viendo los resultados, tecnología Radar AESA, a fumarla -
@checho32 dijo en Noticias de la Armada de la República Argentina:
Contrato interadministrativo con INVAP para la provisión de 1 modelo de PreSerie de un radar naval de vigilancia aérea y de superficie, basado en tecnología de barrido vertical electrónico activo (AESA), que permita la detección y seguimiento con precisión de múltiples blancos, grandes y pequeños, a grandes distancias y en un amplio espectro de condiciones climáticas, para incrementar y mejorar la capacidad operativa de las unidades de superficie de la ARMADA ARGENTINA.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/282366/20230309
Muy buen paso!
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@checho32 dijo en Noticias de la Armada de la República Argentina:
Contrato interadministrativo con INVAP
NOTA COMPLETA DE ZONA MILITAR
INVAP construirá un radar AESA de vigilancia para los buques MEKO de la Armada Argentina
9 marzo, 20235
Bajo la Contratación Directa Interadministrativa N° 38-0176-CDI22, la Armada Argentina y la compañía INVAP acordaron la construcción de un radar naval de vigilancia aérea y de superficie, basado en tecnología de barrido vertical electrónico activo (AESA), para incrementar y mejorar la capacidad operativa de las unidades de superficie de la clase MEKO que actualmente conforman la flota de la Armada Argentina. El desarrollo del radar de pre-serie demandará una inversión de U$D 14.345.000 de dólares (catorce millones trescientos cuarenta y cinco mil).
Foto: Gaceta Marinera
Del acuerdo rubricado entre el Gerente General de INVAP y el Jefe de Estado Mayor de la Armada se desprende que “…resulta indispensable que reemplazar y/o actualizar los radares Signaal DA05 con IFF instalados en las corbetas MEKO 140 y Signaal DA08 con IFF instalados en los destructores MEKO 360, por haber acumulado una gran cantidad de años en servicio y horas de operaciones sin actualizaciones. Esto ha ocasionado una marcada degradación en sus características operativas y una alta tasa de fallas, además de presentarse dificultad para la obtención de repuestos y componentes necesarios para su reparación y mantenimiento…”, por lo que el desarrollo de un radar naval AESA por parte de la empresa rionegrina resulta de vital importancia para recuperar y actualizar las capacidades de las principales unidades de superficie de la Armada.Vale recordar que pese a que los destructores MEKO 360 y corbetas MEKO 140 han recibido algunos trabajos en los últimos años, usualmente los mismos se han limitado a tareas de mantenimiento generales y no al reemplazo y/o incorporación de sistemas que permitan actualizar e incrementar las capacidades de los buques.
El desarrollo por parte de INVAP de un radar naval AESA para vigilancia aérea y de superficie permitirá a las corbetas y destructores MEKO la detección y seguimiento con precisión de blancos múltiples, con un amplio rango de detección a grandes distancias y bajo todo tipo de condiciones climáticas. La incorporación de este tipo de tecnología a los buques de la Armada Argentina incrementará y mejorará considerablemente su capacidad operativa. Conforme a la información que se desprende con contrato, aún queda por definir cual será el primer buque en recibir en nuevo radar.
En cuanto a los alcances del contrato, INVAP entregará a la Armada los siguientes componentes:
A) Un sensor radar compuesto por: una unidad exterior (antena de radar); una unidad interior (unidad de procesamiento e interfaces); cableado del sistema para su instalación (20 metros) y un lote de repuestos.
B) Una consola de operación compuesta por: Licencia software para la visualización de la información y control del sensor y hardware de consola de operación para puesto fijo en la posición del operador radar que se definirá en conjunto con la Armada.
C) Los componentes necesarios para la integración del sistema radar en el buque y su instalación, cuya fase de ensayos se realizará bajo la modalidad “llave en mano”.
D) Integración del nuevo radar con una consola desarrollada por la Armada: Comprende el diseño e implementación de una interfaz de comunicación de datos que permita enviar información de blancos del radar a la consola y recibir comandos de operación desde la consola hacia el radar.
E) Elementos del sistema logístico además de un juego de manuales de operación y mantenimiento del sistema, cursos de capacitación y soporte de garantía con provisión de repuestos y asistencia técnica.
F) Un sistema de Identificación Amigo-Enemigo (IFF) integrado al radar. Estará compuesto por: antenas IFF; interrogador, respondedor e interfaces; Representación de la información en consolas del radar RMF200 y en la consola a desarrollar por la Armada; cableado; manuales y soporte de garantía.
Etapas del proyecto
La Cláusula Tercera establece que el proyecto tendrá una etapa única denominada ETAPA I, la cual conllevará el cumplimiento de diversos hitos a partir del inicio del proyecto T0 (se establece en el día hábil posterior al que se efectiviza el cobro del anticipo).
INVAP ya cuenta con amplia experiencia en el desarrollo de radares. Foto: INVAPHITO 1 – T0 + 6 meses: Revisión crítica del diseño
HITO 2 – T0 + 12 meses: Efectuar demostración con el prototipo MET 1 (propiedad de la empresa).
HITO 3 – T0 + 18 meses: Efectuar la demostración con el prototipo MET 2 (propiedad de la empresa).
HITO 4 – T0 + 24 meses: Efectuar la demostración con el prototipo MET 3 y consola (propiedad de la empresa), con ensayos de navegación a bordo de uno de los buques MEKO de la Armada Argentina.
HITO 5 – T0 + 34 meses: Montaje e integración para su instalación definitiva e integración con los demás sistemas.
HITO 6 – T0 + 40 meses: Recepción de la instalación definitiva en el buque designado. Este hito incluye las pruebas de aceptación en puerto y navegación del modelo pre-serie.
Durante el tiempo que dure el proyecto, INVAP trabajará con la Dirección General de Investigación y Desarrollo de la Armada.Radar AESA
El radar AESA (Active Electronically Scanned Arrays) es el resultado de la evolución de la electrónica del radar de estado sólido PESA (Passive Electronically Scanned Array). Gracias al uso de los AESA en antenas que contienen un gran número de unidades emisoras-receptoras, es posible dirigir instantáneamente el haz del radar hacia los orígenes de una posible amenaza, vigilando varios puntos simultáneamente y variando el tiempo de observación.La capacidad de dirigir los radares y mantener continuamente la detección de la posible amenaza los hace exponencialmente más eficaces que sus predecesores, que se limitaban a antenas que giraban perpetuamente 360° con una emisión constante de potencia en todas las direcciones. Los radares AESA reducen el desperdicio de energía gracias a su capacidad de dirigir el haz de energía hacia el objetivo con mayor frecuencia, por lo tanto, garantizan una mayor continuidad y precisión de seguimiento en la zona vigilada así como una mejor capacidad de reacción.
Radar Thales NS50. Imagen: ThalesLa capacidad modular de los sistemas de radar AESA también permite un desarrollo más veloz de versiones basadas en el mismo tipo de arquitectura del sistema, pero con diferentes configuraciones físicas más adecuadas a las necesidades logísticas y operativas de los usuarios. Por ejemplo, la movilidad, la facilidad de transporte y la fiabilidad, minimizando así los costos de despliegue y reduciendo el consumo de combustible y el tamaño del generador.
Imagen de portada ilustrativa. Créditos: Gaceta Marinera.
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Muy buena noticia.
Aunque veo algo en contra, el tiempo que marcaron en los hitos es muy largo y creo que Ivap podría hacerlo en menos tiempo para que pueda quedar ya algo casi listo para mostrar aunque sea sin colocar antes de las elecciones. -
MINISTERIO DE DEFENSA
Decisión Administrativa 194/2023
DECAD-2023-194-APN-JGM - Contratación Directa Interadministrativa Nº 38/1-0185-CDI22.
Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2023EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento de selección correspondiente a la Contratación Directa Interadministrativa Nº 38/1-0185-CDI22 para efectuar los trabajos de recuperación de las capacidades de seguridad náutica del casco y subsistemas asociados del Buque Logístico A.R.A. “PATAGONIA” de la ARMADA ARGENTINA.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Contrato Interadministrativo (IF-2022-127235065-APN-EMGA#ARA) suscripto entre el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y la empresa TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE S.A.C.I y N. (TANDANOR S.A.C.I. y N.) (C.U.I.T. N° 30-50688559-7) con fecha 14 de noviembre de 2022 y sus ANEXOS I (IF-2023-09596162-APN-EMGA#ARA), II (IF-2023-09596111-APN-EMGA#ARA), III, IV y V (IF-2023-09596026-APN-EMGA#ARA), que forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la referida Contratación Directa Interadministrativa Nº 38/1-0185-CDI22 a la empresa TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE S.A.C.I y N. (TANDANOR S.A.C.I. y N.) por un monto total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES CON 80/100 ($ 284.304.973,80), en concepto de mano de obra y DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN DOSCIENTOS ONCE MIL NOVENTA Y SEIS CON 80/100 (USD 1.211.096,80), en concepto de materiales.
ARTÍCULO 4º.- Autorízase al Servicio Administrativo Financiero de la ARMADA ARGENTINA a emitir la correspondiente Orden de Compra.
ARTÍCULO 5º.- Autorízase al Ministro de Defensa a aprobar la ampliación, disminución, suspensión, resolución, rescisión y declaración de caducidad respecto de la Contratación Directa Interadministrativa que por el presente acto se adjudica.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande la presente medida será atendido con cargo a las asignaciones presupuestarias correspondientes a la Jurisdicción 45.22- ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.
ARTÍCULO 7º.- La COMISIÓN DE RECEPCIÓN para el referido acto contractual estará integrada por los miembros mencionados en la cláusula quinta del Contrato Interadministrativo aprobado por el artículo 2° de la presente medida, debiendo dar cumplimiento al artículo 86 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios, facultándose al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA a modificar sus miembros de resultar ello procedente por cuestiones operativas.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Agustín Oscar Rossi - Jorge Enrique Taiana
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MINISTERIO DE DEFENSA
Decisión Administrativa 195/2023
DECAD-2023-195-APN-JGM - Contratación Directa Interadministrativa N° 38-0176-CDI22.
Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2023EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Contratación Directa Interadministrativa N° 38-0176-CDI22 llevada a cabo con el objeto de contratar el servicio de construcción y entrega en propiedad a la Fuerza de UN (1) Modelo de PreSerie de un radar naval de vigilancia aérea y de superficie, basado en tecnología de barrido vertical electrónico activo (AESA), que permita la detección y seguimiento con precisión de múltiples blancos, grandes y pequeños, a grandes distancias y en un amplio espectro de condiciones climáticas, para incrementar y mejorar la capacidad operativa de las unidades de superficie de la ARMADA ARGENTINA.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Contrato Interadministrativo suscripto entre el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y la Empresa INVAP SOCIEDAD DEL ESTADO, suscripto “ad referendum” del Jefe de Gabinete de Ministros con fecha 15 de noviembre de 2022, conformado por las documentos electrónicos IF-2022-133784167-APN-DGID#ARA, IF-2022-123676084-APN-DGID#ARA, IF-2022-123678906-APN-DGID#ARA, IF-2022-123682374-APN-DGID#ARA e IF-2022-123685049-APN-DGID#ARA, que como ANEXO forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la referida Contratación Directa Interadministrativa N° 38-0176-CDI22 a la Empresa INVAP SOCIEDAD DEL ESTADO (C.U.I.T. 30-58558124-7) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CATORCE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL (USD 14.345.000).
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la presente medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias específicas de la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 22 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.
ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE LA ARMADA a designar a los integrantes de la Comisión de Recepción.
ARTÍCULO 6º.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA ARMADA a emitir la correspondiente Orden de Compra.
ARTÍCULO 7°.- Autorízase al Ministro de Defensa a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades respecto de la Contratación Directa que por el presente acto se adjudica.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Agustín Oscar Rossi - Jorge Enrique Taiana