-
Ocupación del Norte de Siria por Turquía Tras los enfrentamientos a gran escala con el Ejército Árabe Sirio a principios de 2020 en el norte de Siria, en los que las fuerzas turcas intervinieron directamente para evitar la reconquista de la provincia norteña de Idlib por las fuerzas armadas de Siria, Turquía ha creado un centro de comando unificado para supervisar futuras operaciones militares en el país. La presencia militar turca en Siria carece de autorización de las Naciones Unidas o del gobierno sirio y, por lo tanto, es ilegal. El presidente turco, Recep Tayyip Erdogan, quien presidió una reunión del Consejo Militar Supremo el 23 de julio donde dio órdenes para crear el centro de mando, ha prometido que la ocupación turca del norte de Siria continuará hasta que el gobierno de Damasco sea destituido del poder. Ankara ha insistido en que apoyará el derrocamiento del gobierno sirio baathista, que ha sido blanco de ataques de Israel, Estados Unidos y varios estados europeos en los últimos años. Idlib sigue siendo el único bastión importante de los insurgentes antigubernamentales en Siria, y se ha utilizado como escenario para lanzar ataques tanto contra centros de población sirios como contra bases militares rusas y sirias más profundas en el territorio del país. La provincia ha sido descrita por funcionarios estadounidenses como el mayor bastión de Al Qaeda en el mundo desde 2001, y los militantes afiliados a Al Qaeda reciben apoyo y protección turcos continuos para evitar su arresto o expulsión del país por las fuerzas armadas sirias. La intervención militar turca en Siria, que ha recibido el apoyo del bloque occidental en general y el apoyo militar tácito del vecino Israel, otro adversario sirio desde hace mucho tiempo, ha creado un estancamiento que ha impedido que Damasco reunifique el país y expulse a las fuerzas yihadistas. La Fuerza Aérea Siria no se encuentra actualmente en una posición sólida para contrarrestar los ataques turcos debido a una reorientación de los recursos de las capacidades aéreas a las aéreas durante los últimos diez años para contrarrestar la insurgencia en curso librada por elementos yihadistas. https://militarywatchmagazine.com/article/new-turkish-command-center-covering-idlib-cements-illegal-occupation-of-northern-syria
-
Wisconsin en llamas: manifestantes incendiaron varios edificios en la segunda noche de disturbios tras el tiroteo policial a un afroamericano Manifestantes incendiaron varios edificios e arrasaron gran parte del distrito comercial afroamericano en una segunda noche de disturbios en la ciudad de Kenosha, Wisconsin, provocada por la herida de un hombre afroamericano que recibió un disparo en la espalda de policías frente a sus tres hijos pequeños. La policía con equipo antidisturbios se enfrentó a los manifestantes que desafiaron el toque de queda desde el atardecer del lunes y hasta el martes por la mañana en el centro de Kenosha, a cuadras de donde la policía baleó a Jacob Blake el domingo en un tiroteo capturado en video. Video: https://www.youtube.com/watch?v=NS5cSwVEyDg Blake, de 29 años, sobrevivió al tiroteo y estaba estable luego de la cirugía, dijo su padre a los periodistas el lunes. Pero el incidente, el último de una serie de casos que centraron la atención en el tratamiento policial de los afroamericanos, desató indignación en la ciudad de Kenosha, ubicada a orillas del lago Michigan, a unos 65 kilómetros al sur de Milwaukee. https://www.infobae.com/america/eeuu/2020/08/25/kenosha-en-llamas-manifestantes-incendiaron-varios-edificios-en-la-segunda-noche-de-disturbios-tras-el-tiroteo-policial-a-un-afroamericano/
-
Encontrar un rumbo para los hidrocarburos: ¿se necesita una nueva ley? Fue el Estado nacional quien marcó las directrices para el desarrollo de los diferentes yacimientos, que fueron descubriéndose a medida del correr de los años, apoyándose fundamentalmente en la empresa de bandera nacional Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF), creada en 1922, con todas las historias contenidas, hasta llegar a la década de 1980. La Ley de Hidrocarburos N° 17.319 fue dictada y promulgada en 1957, luego fue modificada por ley 24.145 de fines de 1992, por la ley N° 26.197 en primeros días de 2007 y por ley N° 27.007 de octubre de 2014. Las mismas describen, el marco en donde se desarrolla la actividad hidrocarburifera, tanto convencional como no convencional, como se conoce en los presentes días. Hasta llegar al presente, podemos decir que se ha escrito bastante, con las mejores intenciones y con el objeto de diseñar una estructura con todo lo necesario para desarrollar la actividad hidrocarburifera en nuestro país. Convengamos que a pesar de que esta actividad tiene más de cien años desde el descubrimiento del petróleo en proximidades de la ciudad de Comodoro Rivadavia, tuvo sus vaivenes, sobre todo en el tema de la propiedad del subsuelo. Hubieron momentos en que dicha propiedad era de las provincias (Ley 12.161) y luego paso a ser del Estado Nacional, mediante la Ley 17.319 en su etapa original, como para mostrar este punto delicado, conflictivo y crucial. En la última parte de esa década, las provincias donde se llevaban a cabo la explotación de petróleo y también de gas natural comenzaron a intervenir en el tema, principalmente por el impacto que estaba empezando a sentirse tanto en sus presupuestos, como en el incremento de actividades en varias de dichas jurisdicciones. Recordemos por ejemplo que en 1976, se descubre el importante yacimiento de gas y condensados denominado Loma La Lata, en Neuquén, el cual se pone en marcha su potencial productivo a través de ductos dedicados a partir de 1982, colaborando en el aporte de energía a nuestro extenso país. La mencionada intervención de parte de estas provincias productoras comenzó a tomar forma mediante la creación por acuerdo de sus gobernadores en agosto de 1986, de la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos (Ofephi). La Ofephi fue y sigue siendo integrada por Jujuy, Salta y Formosa que integran la Cuenca del Noroeste; Mendoza que tiene una superficie en la Cuenca Cuyana y otra en la Cuenca Neuquina que además la integran La Pampa, Rio Negro y Neuquén; Chubut y Santa Cruz Norte que forman la Cuenca del Golfo San Jorge, mientras la parte sur de Santa Cruz en conjunto con Tierra del Fuego forman la Cuenca Austral, la que incluye la explotación off shore que pertenece al Estado Nacional. Con el dictado de la Ley 24.145, denominada de Federalización de los Hidrocarburos, se vislumbra la participación más directa de las provincias, pues se empieza a escribir sobre el dominio público de los yacimientos de hidrocarburos y su transferencia hacia éstas. Cuestión que en su articulado se ve afirmada por la creación de una comisión de provincialización de los hidrocarburos, que permitan ordenar, adaptar y perfeccionar el régimen de la Ley Nº 17.319, con un plazo determinado y una vez cumplido esto se concretaría el traspaso del mencionado dominio. En 1994 se firmó entre el Poder Ejecutivo Nacional y las Provincias Productoras de Hidrocarburos el denominado Pacto Federal de los Hidrocarburos, el que incluía el proyecto de ley de adecuación normativo para la actividad, transfiriendo el dominio de los yacimientos, creando a su vez el Ente Federal de los Hidrocarburos, aceptándose los roles fijados en artículos 97 y 98 de Ley 17.319, por lo cual las jurisdicciones se comprometían a unificar criterios de aplicación en el ámbito de ese Ente Federal, para resguardar el interés del País y sus habitantes. El proyecto nunca se concretó en los tiempos previstos y las facultades descriptas en artículo 98 de ley 17319 siguieron en manos del Estado Nacional, ejerciendo la Autoridad de Aplicación, según artículo 97 de esa ley, a través de la Secretaria de Energía o quien la sucediera, a pesar de los continuos reclamos de las provincias, en forma individual o colectiva por intermedio de la Ofephi. La falta de cumplimiento de lo acordado en ese Pacto Federal de los Hidrocarburos de 1994 provocó que la Ofephi, a través de la firma del Tratado Interprovincial de los Hidrocarburos firmado en 1999, buscara implementar los puntos acordados en su momento, cuestión que tampoco se lograra. En 2006 se firmó el Acuerdo Federal de los Hidrocarburos entre el Poder Ejecutivo Nacional y las Provincias Productoras de Hidrocarburos, por el cual se propone un proyecto de norma que luego se transformara en ley bajo el número 26.197, denominada “ley corta”, en primeros días de enero de 2007. Con este nuevo marco, queda definida la pertenencia del dominio del subsuelo en consonancia con artículo 124 de la Constitución Nacional, como también que el ejercicio de las facultades como Autoridad Concedente, por parte del Estado nacional y de los Estados provinciales, se desarrollará con arreglo a lo previsto por la Ley Nº 17.319, su reglamentación y de conformidad a lo previsto en el Acuerdo Federal de los Hidrocarburos, según reza en artículo 2 de ley 26.197. El artículo 6 de Ley 26.197 expresa que a partir de la promulgación de la mencionada ley las provincias, como Autoridad de Aplicación, ejercerán las funciones de contraparte de los permisos de exploración, las concesiones de explotación y de transporte de hidrocarburos objeto de transferencia, estando facultadas, entre otras materias para: ejercer en forma plena e independiente las actividades de control y fiscalización de los referidos permisos y concesiones, y de cualquier otro tipo de contrato de exploración y/o explotación de hidrocarburos otorgado o aprobado por el Estado nacional; exigir el cumplimiento de las obligaciones legales y/o contractuales que fueran de aplicación en materia de inversiones, explotación racional de los recursos, información, y pago de cánones y regalías; disponer la extensión de los plazos legales y/o contractuales; y aplicar el régimen sancionatorio previsto en la Ley Nº 17.319 y su reglamentación (sanciones de multa, suspensión en los registros, caducidad y cualquier otra sanción prevista en los pliegos de bases y condiciones o en los contratos). Las facultades descriptas en el párrafo anterior, no resultan limitativas del resto de las facultades derivadas del poder concedente emergentes de la Ley Nº 17.319 y su reglamentación. Los Estados provinciales productores, a partir de la vigencia de Ley 26.197, con la incorporación luego de Ley 27.007, realizaron los avances tanto en prorrogas de concesiones de explotación, otorgamientos de permisos de exploración como nuevas concesiones de explotación en yacimientos convencionales y no convencionales, como también en los controles y fiscalización, en la medida de las posibilidades que tuvieron a su alcance, coordinando acciones a través de la Ofephi, aplicando las normativas vigentes cuya base principal fueron las sancionadas por el Organismo Nacional. Mas..
-
EE.UU.: científicos descubren un nuevo punto débil del coronavirus El mundo entero se encontró con el coronavirus casi sin esperarlo y desde ese momento, la ciencia comenzó con las investigaciones para hallar un tratamiento o una vacuna para ponerle fin a la pandemia. Pero para desarrollar una cura es indispensable descifrar el virus y conocer su forma de actuar. En las últimas horas, se dio a conocer un estudio realizado por un grupo de científicos de la Universidad Northwestern de Illinois, Estados Unidos. Los investigadores descubrieron un nuevo punto débil en la famosa proteína S o proteína de la espícula, la gran molécula a través de la cual el coronavirus reconoce a las células humanas y se mete en ellas. Este hallazgo, publicado en la revista ACS Nano, abre la posibilidad de una nueva vía de tratamiento. A través de simulaciones que reprodujeron la proteína a una escala de nanómetros (un nanómetro es la millonésima de un milímetro), los científicos analizaron una región con carga positiva, conocida como sitio de escisión polibásico. Esta zona se encuentra a una distancia de 10 nanómetros del sitio de reconocimiento de la proteína S, el punto exacto en el que la molécula se une a las proteínas humanas. En la investigación descubrieron que esta escisión permite que la unión entre la proteína de la espícula y los receptores de las células humanas, con carga negativa, sea fuerte. Por eso, diseñaron una molécula negativa con capacidad para unirse a la escisión, bloqueando así la habilidad del SARS-CoV-2 de unirse a células humanas. "Nuestro trabajo indica que bloquear este sitio de escisión puede ser un tratamiento profiláctico viable que disminuya la habilidad del virus para infectar a humanos", dijo en un comunicado Monica Olvera de la Cruz, directora de la investigación. "Además, nuestros resultados explican estudios experimentales que mostraban que las mutaciones de la proteína de la espícula afectaban a la transmisibilidad del virus", añadió. https://www.lanacion.com.ar/lifestyle/en-estados-unidos-cientificos-descubren-nuevo-punto-nid2422149
Argentina a la Carrera para Construir un Reactor Nuclear para Irak 2020
-
Les dejo el vídeo
https://www.youtube.com/watch?v=zJu-7L-JW_U&ab_channel=DeltaSquad
-
Rusia y Argentina, entre los países candidatos a construir un reactor nuclear en Irak
EL CAIRO (Sputnik) — Irak está considerando a cinco países, entre ellos Rusia y Argentina, para construir un reactor nuclear en su territorio, anunció el jefe de la Autoridad Reguladora de Fuentes Radiactivas, Kamal Latif.
"Cinco países aspiran a construir un reactor en Irak: son Estados Unidos, Rusia, Argentina, Corea del Sur y Francia", dijo el funcionario a la agencia INA.
-
@BND dijo en Argentina a la Carrera para Construir un Reactor Nuclear para Irak 2020:
Rusia y Argentina, entre los países candidatos a construir un reactor nuclear en Irak
EL CAIRO (Sputnik) — Irak está considerando a cinco países, entre ellos Rusia y Argentina, para construir un reactor nuclear en su territorio, anunció el jefe de la Autoridad Reguladora de Fuentes Radiactivas, Kamal Latif.
"Cinco países aspiran a construir un reactor en Irak: son Estados Unidos, Rusia, Argentina, Corea del Sur y Francia", dijo el funcionario a la agencia INA.
Vamos! ahí va a estar peleado por las condicionalidades externas del gobierno iraquí, que no sé hasta dónde va a poder elegir lo que le conviene y hasta donde lo que le conviene a sus interventores...
-
Veremos que dicen los que mandan ahí...y que son los que ponen y autorizan el dinero...Una buena es que se fue Trump, pero no se ni le conozco el perfil a Biden...Y no creo que EE.UU. autorice a Rusia, porque ellos y los países OTAN, la tienen bloqueada comercialmente...Por ahi somos los únicos en presentarnos...
-
@Teodofredo dijo en Argentina a la Carrera para Construir un Reactor Nuclear para Irak 2020:
Veremos que dicen los que mandan ahí...y que son los que ponen y autorizan el dinero...Una buena es que se fue Trump, pero no se ni le conozco el perfil a Biden...Y no creo que EE.UU. autorice a Rusia, porque ellos y los países OTAN, la tienen bloqueada comercialmente...Por ahi somos los únicos en presentarnos...
Los coreanos vienen con la sangre en el ojo de que le ganamos la licitación holandesa... Sería interesante que gane Argentina porque refuerza nuestra posición como autoridad de control internacional de la energía atómica...
No es moco de pavo montar un reactor en Irak, que hoy está intervenido pero que no sabés cuando te germina otro Sadam...
Recuerden que la denuncia de Nisman por el supuesto encubrimiento fue en realidad una respuesta pata bloquear el acuerdo secreto de Obama, Cristina Kirchner y Mahmud Ahmadineyad por el EEUU consentía el programa civil de Irán siempre y cuando el proveedor fuese Argentina...
Podemos ser unos parias, pero somos los parias en los que el consejo de Seguridad de la ONU confía cuando hay que regular el desarrollo nuclear de los díscolos...